(asesores jurídicos) del Tribunal de Justicia Administrativa son parciales en la Defensoría Pública de los afectados.
La diputada Fabiola Rafael Dircio (PRD) demandó acceso a la Justicia a particulares en una iniciativa de decreto para derogar el artículo 59 del Código de Procedimientos de Justicia Administrativa del Estado de Guerrero, misma que fue turnada a la Comisión de Justicia para su análisis.
Chilpancingo, Gro., a 18 de noviembre del 2020.- Para evitar que la impartición de justicia sea vulnerada a las partes dentro de los procedimientos administrativos, derivado de la parcialidad con la que puede conducirse el personal (asesor jurídico) del Tribunal de Justicia Administrativa, y tomando en cuenta que la Defensoría Pública otorga el servicio gratuito en favor de los particulares, la diputada Fabiola Rafael Dircio (PRD) presentó una iniciativa de decreto para derogar el artículo 59 del Código de Procedimientos de Justicia Administrativa del Estado de Guerrero.
La iniciativa que fue turnada a la Comisión de Justicia detalla que el estado cuenta con una institución encargada de proporcionar asesoría jurídica gratuita a quien así lo solicite, para facilitarle el acceso a la tutela judicial en materia penal, familiar, justicia penal para adolescentes, civil, mercantil, laboral, justicia administrativa y de amparo, de modo que la población carente de recursos económicos tenga acceso a la justicia de forma objetiva e imparcial.
La legisladora explicó que su propuesta de derogar el artículo 59 del Código de Procedimientos de Justicia Administrativa del estado se debe a que, cuando la prestación de asesoría jurídica es otorgada por persona adscrita al Tribunal de Justicia Administrativa, se corre el riesgo de que ocurran actos de corrupción entre el personal adscrito al órgano administrativo encargado de dirimir la controversia y/o elaborar la resolución, trayendo consigo una vulneración al acceso real a la justicia, puesto que se deja en estado de indefensión e inequidad a una de las partes dentro del procedimiento.
Todo lo contrario sería, agregó, si existe una institución totalmente imparcial que se rige bajo los principios de independencia y equilibrio procesal, que pueda otorgar asesorías a los particulares, en especial a los de escasos recursos o grupos vulnerables, para que les sea garantizada la asesoría jurídica gratuita otorgada por el Estado, la cual será brindada por un profesional en la materia bajo los principios básicos de gratuidad, probidad, independencia técnica, calidad, confidencialidad, profesionalismo, obligatoriedad, honestidad, oportunidad, eficiencia, prontitud y equilibrio procesal.
Esta propuesta de Decreto para derogar el artículo 59 del Código de Procedimientos de Justicia Administrativa del Estado de Guerrero fue turnada a la Comisión de Justicia para su análisis correspondiente.